Normas Mexicanas y Americanas que hablan de Montacargas
Normas Mexicanas (NOM)
En México, la principal norma que aborda la seguridad en el manejo de montacargas es la NOM-006-STPS-2014, titulada "Manejo y almacenamiento de materiales-Condiciones de seguridad y salud en el trabajo".
Alcance: Esta norma establece las condiciones de seguridad y salud que deben seguirse en los centros de trabajo para el manejo, transporte y almacenamiento de materiales mediante el uso de maquinaria, incluyendo los montacargas.
Puntos clave:
Capacitación y certificación: El personal que opera un montacargas debe estar capacitado teóricamente y de manera práctica, y debe contar con un registro que lo acredite como operador competente.
Mantenimiento e inspección: Se exige que los montacargas sean inspeccionados diariamente antes de su uso para asegurar que no tienen fallas mecánicas.
Condiciones de operación: Se establecen reglas para la velocidad, el uso del claxon, la visibilidad y el respeto de la capacidad de carga máxima.
Señalización y áreas de trabajo: Se debe delimitar y señalizar el área de operación para prevenir el acceso de peatones o personas no autorizadas.
Seguridad del operador: Se obliga al uso de equipo de protección personal (EPP) y, cuando aplique, el uso del cinturón de seguridad.
Es importante mencionar que la NOM-006-STPS ha tenido actualizaciones, y la versión más reciente es la de 2023, que busca mejorar y actualizar las medidas de seguridad para el manejo de materiales.
Normas Americanas (OSHA)
En Estados Unidos, la principal autoridad en seguridad laboral es la Administración de Seguridad y Salud Ocupacional (OSHA por sus siglas en inglés). Las regulaciones para los "vehículos industriales motorizados" (powered industrial trucks), que incluyen a los montacargas, se encuentran principalmente en el estándar 29 CFR 1910.178.
Puntos clave:
Capacitación y certificación del operador: OSHA exige que los empleadores desarrollen e implementen un programa de capacitación para los operadores de montacargas. La certificación debe renovarse cada tres años o inmediatamente después de un incidente.
Inspección diaria: Al igual que en México, se requiere que los montacargas sean examinados al menos una vez al día o después de cada turno si se usan las 24 horas.
Condiciones de operación: Se prohíbe operar un montacargas en condiciones inseguras. La norma detalla requisitos para la velocidad, el uso de la bocina en intersecciones y la correcta manipulación de cargas.
Modificaciones y adiciones: No se pueden realizar modificaciones que afecten la capacidad o la operación segura del montacargas sin la aprobación previa del fabricante.
Manejo de combustible y baterías: Hay regulaciones específicas para las áreas de recarga de baterías (con requisitos de ventilación y equipo contra incendios) y para el manejo de combustibles como gasolina, diésel o GLP.
Ambas normativas, aunque con diferentes estructuras legales, comparten el objetivo fundamental de garantizar que los montacargas sean operados por personal calificado y que el equipo se mantenga en condiciones seguras, protegiendo así la vida y la salud de los trabajadores.
Requisitos para el Operador (México y EE. UU.)
Tanto la NOM-006-STPS-2014 en México como la regulación de la OSHA en Estados Unidos se centran fuertemente en la capacitación y las responsabilidades del operador. Aquí se detallan algunos requisitos clave:
En México (NOM-006-STPS-2014)
Capacitación Obligatoria: Los operadores deben recibir capacitación teórica y práctica. Esta capacitación debe incluir el conocimiento de los procedimientos de seguridad del centro de trabajo y la operación del equipo.
Inspección Diaria: Antes de iniciar la jornada, el operador debe realizar una revisión visual del montacargas. Esto incluye verificar el estado de los frenos, luces, llantas, alarmas sonoras y el funcionamiento de los controles.
Prohibiciones: La norma prohíbe transportar personas en el montacargas, exceder la capacidad máxima de carga del equipo y utilizarlo si presenta alguna falla.
Documentación: La empresa debe mantener un registro de la capacitación y certificación de cada operador, así como de las inspecciones diarias y los mantenimientos preventivos y correctivos del equipo.
En Estados Unidos (OSHA 1910.178)
Programa de Formación: El empleador es responsable de desarrollar e implementar un programa de formación para los operadores. Este programa debe incluir:
Instrucción Formal: Clases teóricas, videos y material de lectura sobre los principios de seguridad y las regulaciones de la OSHA.
Formación Práctica: Práctica supervisada para aprender a maniobrar el montacargas de forma segura, incluyendo el manejo de la carga, el giro en esquinas ciegas y el uso de rampas.
Evaluación y Certificación: Los operadores deben ser evaluados para demostrar que son competentes y están certificados para operar el tipo de montacargas específico que usarán.
Re-certificación: La certificación debe ser actualizada al menos cada tres años. También se requiere una re-certificación inmediata si el operador muestra deficiencias en el manejo o después de un accidente o un cuasi-accidente.
Reglas de Operación y Manejo
Ambas normativas también establecen reglas estrictas para la operación diaria, las cuales buscan minimizar el riesgo de accidentes:
Respeto de Límites de Velocidad: Es fundamental conducir a una velocidad que permita detener el montacargas de manera segura en cualquier momento.
Visibilidad: Si la carga obstruye la visibilidad delantera, el operador debe conducir el montacargas en reversa.
Tocar el Claxon: El operador debe accionar la bocina en cruces, intersecciones, esquinas ciegas y en lugares donde la visibilidad sea limitada para alertar a los peatones.
Estabilidad de la Carga: Se debe asegurar que la carga esté bien equilibrada y amarrada. La carga debe ser transportada con las horquillas lo más bajo posible para mantener la estabilidad.
Manejo en Rampas y Pendientes: Se debe conducir con la carga hacia arriba cuando se asciende o desciende una pendiente para evitar que se vuelque.
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Autor del Blog Israel Valdez

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