Auditoría NOM-004 STPS: guía, checklist y formatos de maquinaria | SafetyIsab
NOM-004-STPS-1999

Auditoría NOM-004 : protección de maquinaria y equipo

Verificamos si tu maquinaria cumple con lo que exige la STPS: guardas en los puntos de riesgo, paros de urgencia, bloqueo de energía (LOTO) en el mantenimiento, estudio de riesgo potencial y procedimientos. Detectamos cada brecha y te entregamos el plan para cerrarla.

Qué es

Qué exige la NOM-004 y por qué te auditan

La NOM-004-STPS-1999 establece los sistemas de protección y dispositivos de seguridad que debe tener la maquinaria y el equipo en los centros de trabajo. Su objetivo es prevenir los accidentes por atrapamiento, corte, aplastamiento o contacto con partes en movimiento, que están entre los más graves de la industria.

La lógica de la norma parte de un estudio de riesgo potencial por máquina: se inventarían los factores peligrosos y, a partir de ahí, se instalan guardas en los puntos de operación y la transmisión de energía, dispositivos de seguridad como el paro de urgencia, y se elabora el Programa Específico de Seguridad e Higiene para la Operación y Mantenimiento. Ese programa incluye el bloqueo de energía (LOTO) durante el mantenimiento, con tarjetas y candados. Todo debe quedar capacitado y con su evidencia documental.

Una auditoría NOM-004 revisa todo ese conjunto contra lo que un inspector verificaría y te dice qué te falta antes de que te lo señalen. Forma parte del hub de auditorías STPS, dentro de tu cumplimiento STPS integral.

Cómo se cumple

Las tres líneas de defensa de la NOM-004

Proteger
guardas físicas (8.1)
  • Guardas en los puntos de operación
  • Protección de la transmisión de energía
  • Resguardo de bandas, poleas, engranes y flechas
  • Control de mando protegido contra arranque accidental
Controlar
dispositivos de seguridad (8.2)
  • Paro de urgencia de fácil activación
  • Dispositivos de falla segura, protegidos de operación involuntaria
  • Mando bimanual o sensitivo donde se alimenta material a mano
  • Señalización cuando su función no es evidente
Operar
procedimientos y bloqueo (5, 7)
  • Estudio de riesgo potencial por máquina
  • Programa de operación y mantenimiento
  • Bloqueo de energía (LOTO) con tarjetas y candados
  • Capacitación y registros de mantenimiento

La auditoría confirma cuáles de estas líneas tienes cubiertas, parciales o pendientes, máquina por máquina y con su evidencia.

Qué revisamos

Qué cubre la auditoría NOM-004

Estudio de riesgo potencial Que exista por máquina, con el inventario de factores peligrosos y la determinación de daño, gravedad y probabilidad. Numerales 5.2, 5.2.1 y 5.2.2
Guardas y protecciones Que los puntos de operación, la transmisión y las partes móviles estén protegidos y las guardas cumplan sus requisitos. Numeral 8.1
Dispositivos de seguridad Paro de urgencia, falla segura, mando bimanual y protección contra operación involuntaria. Numeral 8.2
Operación y mantenimiento Procedimientos seguros de operación y de mantenimiento preventivo y correctivo, con su periodicidad. Numerales 7.1 y 7.2
Bloqueo de energía (LOTO) Procedimiento de bloqueo antes y durante el mantenimiento, con tarjetas de aviso y candados de seguridad. Numeral 7.2.2 c) y Apéndice A
Capacitación y registros Operadores y personal de mantenimiento capacitados, y registros de mantenimiento conservados al menos doce meses. Numerales 5.4, 7.2.1 y 7.2.3
El punto de partida

El estudio de riesgo potencial: de dónde sale todo lo demás

El numeral 5.2 de la NOM-004-STPS-1999 es la base de la norma: antes de hablar de guardas, paros o candados, el patrón debe elaborar un estudio para analizar el riesgo potencial que genera cada máquina y equipo. Ese estudio es un inventario de todos los factores y condiciones peligrosas que pueden afectar la salud del trabajador, y es el documento del que se desprenden todas las medidas de protección que vendrán después. Sin él, cualquier guarda o dispositivo que instales es una decisión sin fundamento, y es lo primero que un inspector pide ver.

El estudio no se hace "a ojo". El numeral 5.2.1 obliga a analizar, como mínimo, tres grupos de factores por cada equipo: primero, las partes en movimiento, la generación de calor y la electricidad estática de la maquinaria; segundo, las superficies cortantes, la proyección y el calentamiento de la materia prima, el subproducto y el producto terminado; y tercero, el manejo y las condiciones de la herramienta con la que se opera. Cada uno de esos factores describe una forma concreta en la que la máquina puede lastimar a alguien: un atrapamiento en un engrane, una quemadura por una superficie caliente, un corte con una cuchilla, la proyección de una esquirla.

Para cada riesgo identificado, el numeral 5.2.2 pide ir un paso más allá y determinar tres cosas: el tipo de daño que podría causar, su gravedad y la probabilidad de que ocurra. Esta jerarquización es la que te permite priorizar: no todas las máquinas ni todos los puntos de riesgo merecen la misma inversión, y el estudio te dice dónde concentrar primero los recursos. Por eso recomendamos hacer un estudio por máquina, no uno genérico para toda la planta, y actualizarlo cada vez que cambie el equipo, el proceso, el herramental o la distribución del área. Un estudio de hace cinco años que ya no corresponde a lo que hay en el piso es, en la práctica, como no tenerlo.

Primera línea de defensa

Guardas y protectores: qué exige el numeral 8.1

Un protector es una barrera física que impide que el trabajador alcance las partes peligrosas de una máquina: el punto de operación, los engranes, las bandas, las poleas, las flechas o cualquier elemento de transmisión de energía. Es la forma de protección más confiable que reconoce la norma, porque no depende de que el operador reaccione a tiempo: simplemente le impide el contacto. El numeral 8.1 no se conforma con que "haya" una guarda; establece una lista de condiciones que esa guarda debe cumplir para considerarse válida.

Entre esos requisitos, el protector debe dar protección total(que no se pueda alcanzar la zona de riesgo por arriba, por abajo, por los lados ni a través de él), permitir los ajustes necesarios en el punto de operación sin tener que retirarlo, dejar que el trabajador se mueva con libertad, impedir el acceso de personal no autorizado a la zona de riesgo, y no interferir con la operación normal del equipo. Además, no debe ser un factor de riesgo por sí mismo —nada de filos, puntos de pellizco o piezas sueltas—, debe permitir la visibilidad que la tarea requiere, estar integrado a la máquina siempre que sea posible, ser fijo y resistente, y no obstaculizar la salida del material de desperdicio.

El numeral 8.1.2 añade un punto que muchas empresas pasan por alto: el control de mando debe estar protegido contra un arranque accidental, para que un golpe o un roce involuntario no eche a andar la máquina. Y el 8.1.3 aclara que, cuando no sea posible colocar protectores en los elementos de transmisión mecánica, debe recurrirse a la protección por obstáculos, con barandales que cumplan la NOM-001-STPS. El error más común que encontramos en campo es la guarda retirada "para producir más rápido" o la que se quitó durante un mantenimiento y nunca se volvió a colocar: una máquina sin su protector en su lugar es, para efectos de la norma, una máquina que no cumple.

Segunda línea de defensa

Dispositivos de seguridad: paro de urgencia y falla segura (8.2)

Cuando una guarda fija no basta —porque el trabajador necesita introducir o retirar material con la mano, por ejemplo— entran los dispositivos de seguridad: elementos que detienen una fase peligrosa de la máquina al detectar que una persona o parte de su cuerpo está en la zona de riesgo. El numeral 8.2.1 exige que la maquinaria cuente con un paro de urgencia de fácil activación; es el único dispositivo que la norma menciona por su nombre, y debe estar al alcance del operador, ser visible y funcionar cuando se le prueba. Un paro de emergencia obstruido, sin señalizar o que nadie ha probado en meses es uno de los hallazgos más frecuentes en una auditoría.

El numeral 8.2.2 establece un principio clave de diseño seguro: las fallas de energía no deben generar condiciones de riesgo. En la práctica esto significa que, si se va la luz y regresa, la máquina no debe volver a arrancar sola; debe quedarse detenida hasta que alguien la reactive de forma deliberada. El numeral 8.2.3 completa la lista: los dispositivos deben ser accesibles, estar señalados cuando su función no sea evidente, estar integrados a la máquina, protegidos contra una operación involuntaria y diseñados con falla segura, de modo que si el propio dispositivo falla, el ciclo no pueda iniciarse hasta corregirlo. Donde el trabajador alimenta o retira material a mano con riesgo, el inciso h) pide un mando bimanual(que obliga a usar las dos manos para accionar), un dispositivo asociado a un protector, o un dispositivo sensitivo que detecte la presencia del cuerpo.

La norma también prevé casos específicos: para las máquinas con interruptor final de carrera(numeral 8.2.5), éste debe protegerse contra una operación no deseada y el funcionamiento solo debe restablecerse por voluntad del trabajador; y para ciertos equipos como las electroerosionadoras (8.2.4) hay requisitos adicionales de freno y control. El principio que atraviesa todo el capítulo 8 es el mismo: la seguridad no puede depender de que el operador "tenga cuidado"; debe estar diseñada dentro de la máquina.

Tercera línea de defensa

Bloqueo de energía (LOTO): los ocho pasos del numeral 7.2.2 c)

La mayoría de los accidentes graves de mantenimiento ocurren cuando una máquina se activa mientras alguien tiene las manos dentro. Por eso el numeral 7.2.2 c) de la NOM-004 exige un procedimiento de bloqueo de energía —conocido internacionalmente como LOTO, por lockout/tagout — que debe aplicarse antes y durante todo trabajo de mantenimiento. No es opcional ni es "buena práctica": es parte del Programa Específico de Seguridad e Higiene que la norma obliga a tener.

El procedimiento tiene una secuencia clara. Primero, el bloqueo lo realiza el encargado del mantenimiento, no cualquiera. Segundo, se avisa previamente a los trabajadores involucrados. Tercero, se identifican los interruptores, válvulas y puntos que requieren inmovilización. Cuarto, se bloquea la energía en los tableros, controles o equipos. Quinto, se colocan las tarjetas de aviso conforme al Apéndice A. Sexto, se colocan los candados de seguridad. Séptimo, se verifica que el bloqueo realmente funcionó —intentando arrancar la máquina para confirmar que no responde—. Y octavo, al terminar, se avisa a los trabajadores cuando se retira el bloqueo, y la regla de oro es que quien colocó las tarjetas y los candados es quien debe retirarlos.

La tarjeta de aviso del Apéndice A no es cualquier etiqueta: es una señal rectangular que advierte que la máquina está desactivada y prohíbe accionarla o retirar la tarjeta a quien no participa en el mantenimiento. Lleva la palabra PRECAUCIÓN en texto negro sobre fondo amarillo, el mensaje de prohibición en negro sobre blanco, debe ser visible a cuando menos un metro de distancia y colocarse en el punto donde se activa la maquinaria, de modo que no pueda retirarse con facilidad. El error típico aquí es bloquear solo con tarjeta pero sin candado, o usar candados con llave compartida: si más de una persona puede quitar el bloqueo, el bloqueo no protege a nadie.

El documento que lo integra todo

El Programa Específico de Operación y Mantenimiento

Todo lo anterior —guardas, dispositivos, bloqueo— vive dentro de un solo documento que la norma llama Programa Específico de Seguridad e Higiene para la Operación y Mantenimiento de la Maquinaria y Equipo. El capítulo 7 lo divide en dos grandes bloques. El de operación(7.1) exige procedimientos para que los protectores y dispositivos se usen durante la operación, para que el área se mantenga limpia y ordenada, para que la máquina esté ajustada de modo seguro, para que las conexiones y contactos eléctricos estén protegidos, para que el cambio de herramienta sea seguro y para que la alimentación y el retiro de materiales no representen riesgo.

El bloque de mantenimiento(7.2) pide la capacitación del personal que lo realiza (7.2.1), la periodicidad y el procedimiento del mantenimiento preventivo y correctivo, el procedimiento de bloqueo de energía que ya vimos, y algo que muchas empresas olvidan: el numeral 7.2.3 obliga a llevar un registro de los mantenimientos preventivos y correctivos, con su fecha, y a conservarlo al menos doce meses. Ese registro es la evidencia de que el programa no es solo papel, sino que efectivamente se ejecuta. Y los numerales 7.2.2 a) y b) cierran el círculo: al terminar cualquier mantenimiento, los protectores y dispositivos deben quedar de nuevo en su lugar y funcionando, y cualquier modificación o reconstrucción del equipo debe conservar las condiciones de seguridad originales.

Quién responde por qué

Obligaciones del patrón y de los trabajadores (5 y 6)

La NOM-004 reparte responsabilidades. El patrón(capítulo 5) debe elaborar el estudio de riesgo potencial, elaborar y difundir el Programa Específico, contar con personal capacitado y un manual de primeros auxilios para emergencias, señalar las áreas de tránsito y de operación, dotar del equipo de protección personal conforme a la NOM-017-STPS, capacitar a los trabajadores para operar con seguridad, e instalar los protectores y dispositivos cuando el estudio así lo determine. También debe mostrar a la autoridad laboral, cuando se lo pida, todos los documentos que la norma lo obliga a elaborar.

Los trabajadores(capítulo 6) no quedan fuera: deben participar en la capacitación, cumplir las medidas del Programa Específico, usar el equipo de protección personal según las instrucciones, y —un punto muy concreto— reportar al patrón cuando un protector o dispositivo esté deteriorado, fuera de funcionamiento o bloqueado. El numeral 6.5 incluso les exige llevar el cabello corto o recogido y no portar cadenas, anillos, pulseras, mangas sueltas u otros objetos que puedan ser atrapados por una parte en movimiento. Un operador con una manga suelta frente a un torno es un accidente esperando a ocurrir, y la norma lo reconoce.

Para acreditar el cumplimiento ante la STPS, el capítulo 9 permite al patrón contratar una Unidad de Verificación acreditada, cuyo dictamen tiene una vigencia de cinco años, salvo que se modifiquen los protectores o dispositivos. No es obligatorio contratarla, pero su dictamen es una de las formas más sólidas de demostrar que tu maquinaria cumple.

Cómo trabajamos

Cómo es nuestra auditoría NOM-004, paso a paso

Nuestra auditoría replica lo que haría un inspector, pero del lado de tu empresa y antes de que llegue la autoridad. Empezamos por la documentación: revisamos si existe el estudio de riesgo potencial por máquina, el Programa Específico de Operación y Mantenimiento, los procedimientos de bloqueo, los registros de mantenimiento de los últimos doce meses y las constancias de capacitación. Luego hacemos el recorrido en piso, máquina por máquina, verificando guardas, paros de urgencia, dispositivos de seguridad, señalización y la condición real de los equipos frente a lo que dice el papel.

Al terminar, no te dejamos con una lista de problemas y nada más. Entregamos un reporte de hallazgos que clasifica cada brecha por su gravedad y un plan de acción priorizado, con lo que hay que corregir primero, qué evidencia debes generar y cómo documentarla. Si la brecha es de capacitación —y en la NOM-004 casi siempre hay un componente de bloqueo de energía— la cerramos con nuestro curso LOTO, de modo que salgas de la auditoría no solo sabiendo qué te falta, sino con el camino para quedar en regla. El tiempo depende del número de máquinas, pero en la mayoría de los centros se resuelve en una o pocas visitas más la revisión documental.

Conviene recordar que la norma vigente sigue siendo la NOM-004-STPS-1999. Existe un proyecto, el PROY-NOM-004-STPS-2020, que pretende actualizarla, pero mientras no se publique como norma definitiva en el Diario Oficial de la Federación, lo exigible es la versión de 1999. Trabajar hoy con base en ella es lo correcto, y te deja además bien preparado para cualquier actualización futura, porque los principios —proteger, controlar y operar con seguridad— no van a cambiar.

Descargables gratuitos

Guía, checklist y formatos alineados a la NOM-004

Descárgalos con un clic, sin costo. Todos vienen en PDF listos para imprimir, y el checklist y la inspección también en Excel para llenarlos en computadora. Son documentos de apoyo para tu centro de trabajo; ponles tu logotipo y úsalos.

  • Guía Guía práctica NOM-004-STPS-1999

    Estudio de riesgo, guardas, dispositivos, bloqueo de energía y evidencia que pide el inspector.

    PDF
  • Checklist Autodiagnóstico de cumplimiento NOM-004

    25 requisitos con numeral. En Excel calcula solo tu porcentaje de cumplimiento.

  • Inspección Inspección de guardas y dispositivos por máquina

    Protectores (8.1) y dispositivos (8.2) punto por punto. En Excel marca lo que falta.

  • Permiso Permiso de bloqueo de energía (LOTO)

    Los 8 pasos del numeral 7.2.2 c), con energías, candados y tarjetas de aviso.

    PDF
  • Permiso Permiso para retiro temporal de guardas

    Autoriza y documenta el retiro de un protector durante el ajuste o mantenimiento.

    PDF
  • Formato Estudio de riesgo potencial por máquina

    El inventario de factores peligrosos con daño, gravedad y probabilidad (5.2).

    PDF

Documentos de apoyo elaborados por Israel Valdez. No sustituyen el texto de la NOM-004-STPS-1999 publicado en el Diario Oficial de la Federación.

Preguntas frecuentes

Dudas sobre la NOM-004

¿Qué regula la NOM-004-STPS-1999?
Regula los sistemas de protección y dispositivos de seguridad de la maquinaria y el equipo en los centros de trabajo, para prevenir accidentes por contacto con partes en movimiento, puntos de operación y transmisión de energía.
¿A qué empresas aplica la NOM-004?
Rige en todo el territorio nacional y aplica a los centros de trabajo que, por sus procesos, usan maquinaria y equipo. El alcance depende del tipo de máquinas, sus riesgos y sus procesos de operación y mantenimiento.
¿Qué es una guarda de seguridad?
Es un protector físico que impide el contacto del trabajador con las partes peligrosas de una máquina, como engranes, bandas, poleas o el punto de operación. La norma pide que dé protección total, que no interfiera con la operación y que no sea un riesgo por sí mismo (numeral 8.1).
¿Qué dispositivos de seguridad exige la norma?
Entre otros, un paro de urgencia de fácil activación, que las fallas de energía no generen condiciones de riesgo, y dispositivos de falla segura protegidos contra una operación involuntaria. Donde el trabajador alimenta o retira material a mano con riesgo, se usa mando bimanual o un dispositivo equivalente (numeral 8.2).
¿Qué relación tiene la NOM-004 con el bloqueo de energía (LOTO)?
El numeral 7.2.2 c) exige bloquear la energía antes y durante el mantenimiento: avisar a los involucrados, identificar los puntos, bloquear, colocar tarjetas de aviso y candados, verificar y, al terminar, avisar al retirarlo. Quien colocó las tarjetas es quien las retira. El curso LOTO cubre ese requisito.
¿La NOM-004 pide un estudio por cada máquina?
Sí. El numeral 5.2 exige un estudio para analizar el riesgo potencial que inventaríe los factores y condiciones peligrosas, y que determine el tipo de daño, su gravedad y la probabilidad de ocurrencia. Conviene hacerlo por máquina y actualizarlo cuando cambie el equipo o el proceso.
¿Cuánto tarda la auditoría NOM-004?
Depende del número de máquinas a evaluar. En la mayoría de los centros se resuelve en una o pocas visitas más la revisión documental. Al terminar recibes el reporte con hallazgos y el plan de acción priorizado.
¿En qué ciudades dan el servicio?
Atendemos de forma presencial el área metropolitana de Monterrey y sus municipios, Saltillo, Chihuahua, Guadalajara, Ciudad de México y Querétaro.
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